Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley de Migración para garantizar a los migrantes el respeto al principio de presunción de inocencia.
El documento de la Comisión de Asuntos Migratorios refiere que el Estado tiene la obligación de garantizar el derecho a la presunción de inocencia de los migrantes, con independencia de su nacionalidad o situación migratoria.
Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Asuntos Migratorios, Julieta Kristal Vences Valencia, destacó la necesidad de reconocer que los migrantes, con independencia de su nacionalidad o su situación migratoria, son iguales ante la ley, por lo que es la obligación del Estado mexicano garantizar el derecho a la presunción de inocencia.
Refirió que la actual Ley de Migración establece que a un migrante, por el hecho de estar sujeta a proceso penal, se le puede negar la expedición de visa, la internación regular a territorio nacional o su permanencia en este; se le puede cancelar la condición de residente temporal o permanente y puede ser deportado.
Estas hipótesis, que se establecen en los artículos 43, 64 y 144, son contrarias al principio de presunción de inocencia y de igualdad ante la ley y ante los tribunales, precisó.
Por ello, se propone que una vez emitida una sentencia firme que encuentre a la persona migrante culpable de la comisión de un delito grave, la autoridad migratoria podrá negarle la expedición, internación o permanencia de dicha persona y cancelar su residencia temporal o permanente o poder deportar a la persona.
Se modifica la fracción III del artículo 43, relativo a la autenticidad de los documentos o veracidad de los elementos aportados, “pues la duda de la autoridad migratoria sobre de la autenticidad de un documento no determina su falsedad”.
En ese sentido, prevén que se debe aplicar la presunción de inocencia y aplicar la sanción señalada, solo cuando la autoridad ha verificado la falsedad de los documentos o de los elementos aportados.

